¿Qué es y cómo funciona la ley de dependencia?

La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, popularmente conocida como Ley de Dependencia, aunque abarque a un sector más amplio de la sociedad, es una ley española aprobada en diciembre de 2006 que aúna los servicios y prestaciones destinados a la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas dependientes a través de los servicios sociales del estado. Entendiendo como dependencia el estado que se alcanza bien por una enfermedad o suceso incapacitante o bien por llegar a la vejez.

Según los datos del IMSERSO, en España existen 954.831 personas dependientes (datos del 2017) que reciben un total de 1.178.011 prestaciones repartidas en diferentes servicios.

Estos datos convierten a la Ley de Dependencia en uno de los mayores logros sociales en la historia de nuestra democracia e invitan a las instituciones públicas a seguir invirtiendo.
  



En este artículo hemos buceado en la ley para contestar a las preguntas más frecuentes que se hacen los demandantes del servicio

¿Cómo saber si soy dependiente?
Según establece la propia ley los dependientes son aquellos que "precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o [...] de otros apoyos para su autonomía personal". Por lo tanto, lo que debemos hacer es analizar si somos capaces de realizar las "actividades básicas de la vida diaria" por nosotros mismos.

¿Cuáles son las "actividades básicas de la vida diaria"?
Son aquellas tareas básicas que permiten a las personas desenvolverse de forma autónoma, como por ejemplo bañarse, vestirse, cocinar, comer, usar el retrete, moverse por sí mismo o el control completo de los esfínteres.

¿Qué prestaciones puedo solicitar si soy dependiente?
Existen dos tipos de prestaciones. Prestaciones económicas o prestaciones de servicio. Dentro de las prestaciones económicas existen tres tipos: Prestación económica vinculada al servicio, prestación económica de asistencia personal y prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.

Con respecto a las prestaciones por servicios se dividen en servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal, Servicio de Teleasistencia, Servicio de Ayuda a domicilio y Servicio de Atención Residencial (residencias de personas mayores y en situación de dependencia y centros de día).

  



Importante: las prestaciones no son gratuitas, existe una cuota mensual que se calcula en base a la renta percibida y el patrimonio que posea el solicitante de la prestación.

¿Cuál es la diferencia entre cuidados no profesionales y cuidados profesionales?
Los dependientes pueden acceder a prestaciones destinadas a cuidados profesionales y no profesionales.

Los cuidados no profesionales son aquellos prestados por familiares o personas cercanas al dependiente en el entorno del hogar. Por el contrario, los cuidados profesionales son aquellos que presta una institución pública o privada ya sea en el propio hogar del dependiente o en un centro especializado

¿Existen prestaciones incompatibles?
Sí. Todas las prestaciones económicas con incompatibles con los servicios salvo el de teleasistencia, aunque algunas comunidades autónomas aplican excepciones. Además, tanto las prestaciones económicas como los diferentes servicios son incompatibles entre sí.

¿Qué grados de dependencia existen?
La situación de dependencia se clasifica según tres grados en función del estado del solicitante.

El grado I o moderado es cuando "la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal".

El grado II o severo es cuando "la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal".

El grado III o Gran Dependencia es cuando "la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal".

¿Cómo se mide el grado de dependencia?
Son las comunidades autónomas las que designan los órganos de valoración. Estos, a su vez, se trasladarán al domicilio del solicitante y a través de la observación directa y una serie de preguntas comprobarán in situ las dificultades del demandante para desenvolverse de forma autónoma dentro de su propio hogar. Posteriormente, y con los resultados del estudio aplicarán un baremo (único para todo el territorio nacional) para evaluar la situación y dictarán una resolución que puede tardar hasta seis meses.
  



¿Cuáles son las condiciones que debo cumplir?
Una vez evaluado y clasificado con un grado de dependencia, solo existen dos condiciones para acceder a las prestaciones por dependencia: ser ciudadano español y haber vivido en España durante los 5 últimos años (2 de los cuales han de ser anteriores a la solicitud de la prestación).

¿Cómo puedo solicitar los servicios marcados por la ley?
Para solicitar alguna de las prestaciones debemos dirigirnos al órgano gestor de la comunidad autónoma donde residamos. Cada comunidad autónoma designa su propio órgano gestor y requiere unos informes diferentes. En cualquier caso siempre podemos dirigirnos al IMSERSO para solicitar la información necesaria sobre los procedimientos en nuestra comunidad autónoma.

Por lo general, la documentación necesaria es la siguiente:
  • Documento de solicitud correspondiente (puede encontrar un modelo standard de solicitud aquí).
  • Fotocopia del DNI de la persona dependiente.
  • Certificado de empadronamiento que acredite residencia en España.
  • Informe de salud del dependiente.
  • Informe social elaborado por los servicios sociales de la comunidad autónoma.
  • Original y fotocopia del reconocimiento del Grado de dependencia.
  • Declaración IRPF para las prestaciones sociales

En caso de que la solicitud sea presentada por una tercera persona:
  • Fotocopia del DNI del representante legal

Nota: algunas comunidades autónomas pueden solicitarle algún otro documento

¿Es revisable el grado de dependencia?
Sí. En caso de que la persona dependiente o sus cuidadores consideren que la situación ha cambiado y necesitan prestaciones diferentes, ¿se puede solicitar una nueva evaluación del Grado de dependencia?

Por último, nos gustaría despedirnos con el enlace a nuestro artículo "8 claves para evitar convertirnos en dependientes".

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